• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 4976/2024
  • Fecha: 18/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: 1.- Determinar si la aplicación por la Administración del método del art. 57.1.g) LGT, como medio de comprobación de valores, exige justificar las razones para comprobar la falta de concordancia entre el valor declarado y el valor real, sin que como motivación sea admisible la mera constatación de la disparidad entre el valor declarado y el fijado en la tasación hipotecaria, máxime cuando el contribuyente se acogió a los valores aprobados por la propia Administración, como coeficientes multiplicadores del valor catastral. 2.- Esclarecer si el valor hipotecario, definido en el art. 4 de la Orden ECO/805/2003, puede equipararse sin más al valor real del bien, base imponible del impuesto ( art. 10.1 TRLITPyAJD), sin que sea necesario para ello una motivación adicional por parte de la Administración sobre tal identidad entre uno y otro valor, atendido, además, el ínfimo rango de dicha norma jurídica. 3.- Precisar si, a los efectos del art. 134.3 LGT, la propuesta de valoración de la Administración está suficientemente motivada cuando el valor hipotecario adoptado es el contenido en un certificado de tasación, sin que conste informe técnico sobre la valoración del que trae causa dicho certificado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 1925/2025
  • Fecha: 18/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si el art. 2.17 del Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, configura un régimen específico de acceso a la información u otorga a dicha información un carácter reservado que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 2644/2025
  • Fecha: 18/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, conforme con la normativa del sector eléctrico, la modificación de un proyecto de generación eléctrica que da lugar a la constitución de una nueva garantía exigida para poder solicitar su permiso de acceso a la red, implica o no la ejecución de la garantía original.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 1221/2023
  • Fecha: 17/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala Tercera analiza la inadmisión de la revisión de oficio de un acto administrativo que aprobó la lista definitiva de aspirantes en un proceso selectivo. Establece que la revisión de oficio conforme al artículo 106 de la Ley 39/2015 procede sólo en casos de actos nulos de pleno derecho o cuando se incumplen garantías esenciales, no cuando ya existe resolución judicial firme sobre el acto impugnado, dado que esto implicaría vulnerar el principio de cosa juzgada y la seguridad jurídica. En este caso, el acto ya fue recurrido y resuelto mediante sentencia firme que no fue objeto de recurso, por lo que no es revisable de oficio. Además, la recurrente alegó una vulneración del derecho fundamental al acceso en condiciones de igualdad (artículo 23.2 CE), pero no aportó pruebas suficientes ni ejerció recursos en su momento, por lo que el TS concluye que no existe base para reabrir el procedimiento. Se subraya que admitir la revisión de oficio tras la firmeza de la sentencia desestabilizaría los procesos selectivos y la confianza en la administración pública. En un voto particular se discrepa argumentando que la cosa juzgada no debería impedir la revisión cuando no se ha analizado el fondo del derecho fundamental invocado y que la revisión de oficio es un mecanismo válido para corregir posibles vulneraciones graves.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 688/2022
  • Fecha: 16/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La falta de declaración expresa de caducidad de un procedimiento de comprobación limitada, relativo a un determinado concepto tributario (obligación tributaria o elemento de la obligación tributaria) y período impositivo, determina la invalidez del inicio de un ulterior procedimiento de inspección respecto de dicho concepto tributario (obligación tributaria o elemento de la obligación tributaria) y período impositivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3858/2023
  • Fecha: 13/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El dies ad quem del devengo de intereses de demora correspondiente a las liquidaciones que se derivan de un acta suscrita en disconformidad es la fecha del acuerdo de liquidación -dictado dentro del plazo máximo de duración del procedimiento inspector-. La previsión reglamentaria prevista en el art. 191.2, último párrafo, del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos debe interpretarse en el sentido de que el cálculo de intereses que en ese apartado se prevén se refiere a los devengados hasta la fecha del acta, sin impedir que en la liquidación final se incorporen los devengados desde el acta hasta la fecha en que se produzca la liquidación tributaria que deriva de aquella.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: AGUSTIN PICON PALACIO
  • Nº Recurso: 174/2025
  • Fecha: 13/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La parte demandante solicitó la anulación de la ordenanza fiscal o, subsidiariamente, del régimen de cuantificación del artículo 4, pero la Junta Vecinal se allanó a las pretensiones de la demandante, presentando la autorización legal correspondiente para el allanamiento. La sentencia analiza que el allanamiento solamente se considera válido en el proceso contencioso-administrativo, siempre que no implique una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico y en este caso se fuendamenta expresamente que no consta que el allanamiento que se invoca dé lugar a una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, y concurriendo la acreditación de la autorización necesaria para allanarse por el representante procesal de la administración, procede dictar sentencia como pide la parte actora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS GIL IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 7236/2022
  • Fecha: 12/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para que la Administración de la Seguridad Social acuerde la derivación de responsabilidad solidaria del administrador de una sociedad de capital, resulta necesario no sólo constatar una situación fáctica de insolvencia de la sociedad y verificar que dicho administrador no ha cumplido los deberes legales a que se refiere el artículo 367.1 de la Ley de Sociedades de Capital (RD Legislativo 1/2010), sino también, y además, justificar la efectiva existencia de una causa legal de disolución de la sociedad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 7985/2024
  • Fecha: 11/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en reforzar, atizar o reafirmar la jurisprudencia de la Sala en relación con los criterios de cuantificación de la responsabilidad patrimonial y, en concreto, determinar si el importe del IVA debe considerarse daño efectivo indemnizable cuando el reclamante es sujeto pasivo de dicho impuesto y está en condiciones de ser fiscalmente resarcido de las cuotas soportadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 6335/2024
  • Fecha: 11/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado por la mercantil contratista contra sentencia sobre reclamación de cantidad en concepto de intereses de demora devengados tras el pago tardío de facturas derivadas de contrato de suministro, por tener interés casacional, siguiente precedente de admisión en la Sala, determinar si, respecto a la fijación del dies a quo para el cómputo de los intereses de demora en los contratos de suministro, la fecha comienza a los 30 días de presentación de la factura para su cobro o tras un periodo inicial de 30 días para la aprobación de los suministros y los servicios y otros 30 días adicionales para el pago.

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